La prescripción es la pérdida del derecho a exigir judicialmente una obligación por el paso del tiempo. Conocer los plazos es vital.
Plazos en Colombia
| Título | Plazo |
|---|---|
| Pagaré (acción cambiaria directa) | 3 años desde vencimiento |
| Letra de cambio | 3 años |
| Cheque | 6 meses |
| Acción ejecutiva ordinaria | 5 años |
| Acción ordinaria | 10 años |
Cómo se interrumpe
- Demanda judicial (la más segura).
- Reconocimiento expreso de la deuda por el deudor (firma de acuerdo de pago, abono).
- Requerimiento privado en algunos casos.
Etapa pre-jurídica
Cobro extrajudicial: cartas, llamadas, gestión persuasiva. No interrumpe prescripción por sí misma, salvo que el deudor reconozca la deuda por escrito.
Etapa jurídica
Proceso ejecutivo ante juez civil. Sí interrumpe la prescripción al notificar la demanda.
Estrategia recomendada
- Diagnóstico temprano de fecha de vencimiento (la IA acelera esto).
- Si quedan menos de 6 meses para la prescripción → escalamiento inmediato a jurídico.
- Documentar todo reconocimiento del deudor por escrito.
Perder un cobro por prescripción es 100% prevenible con disciplina y trazabilidad.